Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México

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Datos

Época
1900-2020

TSJCDMX.jpg

Alcaldía
Colonia
Dirección
Niños Héroes 132, Col. Doctores, C.P.06720, Ciudad de México
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Coordenadas
19° 25' 16.72" N, 99° 8' 58.60" W

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX)​ antes Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,​ se ubica dentro de la Colonia Doctores, en la Alcaldía Cuauhtémoc, es el órgano judicial encargado de impartir justicia del fuero común en Ciudad de México, en las materias penal, civil, mercantil, familiar, de justicia para adolescentes, ejecución de sanciones penales y ejecución de medidas sancionadoras. Cuenta con diversos inmuebles dentro de la colonia, además de otros más en otras regiones de la ciudad.

Historia[editar | editar código]

Imperio Mexica

En toda organización humana se requiere del concurso de Instituciones que coadyuven a mantener la estabilidad social y la convivencia pacífica de sus integrantes; uno de los instrumentos para alcanzar tales objetivos entre los individuos lo es la administración de justicia, que para cumplir adecuadamente su tarea, debe ser clara en su funcionamiento, expedita en su resolución y oportuna en su aplicación. En nuestro país, aun antes del Período Colonial, las comunidades asentadas en el Valle de México contaban ya con organismos encargados de resolver las controversias suscitadas entre sus habitantes y las de éstos con sus autoridades. Tal era el caso de los «Tribunales» llamados Cihuacoatl y Tlacxitlan, durante el Imperio Mexica.

Colonia

Posteriormente, en la época de la Colonia, funcionaron los Tribunales conocidos genéricamente como especiales y Ordinarios, que tenían encomendado administrar la justicia en sus respectivos ámbitos de competencia. De este modo; a los primeros correspondía el tratamiento de aquellos asuntos que cuestionaban o atentaban contra la posición de la Iglesia o que tenían que ver con el comercio y la mercadería, en tanto que era competencia de los segundos atender lo relacionado con el Supremo Consejo de Indias, la Audiencia y Real Cancillería de México y las causas civiles y criminales.

Nación Mexicana

Más tarde, al emerger la Nación Mexicana como Estado independiente y adoptar el régimen federal como su forma de organización política, se iniciaron las primeras acciones tendientes a reordenar al para entonces anacrónico sistema judicial, tarea por demás difícil considerando las turbulencias políticas en que se sumergió el país, lo que hacía endeble y temporal cualquier medida adoptada por benéfica que fuera para la sociedad, pues su vigencia estaba generalmente determinada por la llegada, permanencia y salida de los grupos que disputaban el poder.

Creación y principales hechos durante el siglo XIX y principios del XX

Sede del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y Salas Penales

El 18 de noviembre de 1824 fue aprobado el decreto que creó el Distrito Federal y constituyó a la Ciudad de México como capital del país, aunque lo era ya de facto desde que se independizó, en 1821, e incluso durante la Colonia. No hubo grandes cambios en la administración de justicia de la Ciudad, misma que se siguió impartiendo por los juzgados existentes antes del decreto, cuando formaba parte del Estado de México, salvo dos de las salas de la Suprema Corte de Justicia que conocieron en segunda y tercera instancia, de las causas seguidas en la Ciudad de México. Fue en 1836, cuando con la llegada de Santa Ana y el régimen centralista, la ciudad de México pasó a ser la capital del “departamento de México”, antes estado, y se crearon diez juzgados de primera instancia y un Tribunal Superior de Justicia, este último ubicado en Toluca.

En 1846 volvió el federalismo, y se mantuvo el funcionamiento de los juzgados de primera instancia, salvo durante la mayor parte de 1848 y principios de 1849, cuando los poderes federales se establecieron provisionalmente en Querétaro, ante el avance de las fuerzas estadounidenses hacia la capital. En 1853, Santa Ana regresó al gobierno e instituyó, otra vez al Tribunal Superior de Justicia del Estado, en Toluca, con jurisdicción sobre los departamentos de México, Guerrero y el territorio de Tlaxcala, correspondiendo la jurisdicción de la Ciudad de México al Supremo Tribunal de Justicia de la Nación.

Restaurado el federalismo, el 23 de noviembre de 1855, siendo Presidente interino de México Juan Álvarez y, ministro de justicia, Benito Juárez, se publicó la Ley sobre Administración de Justicia y Organización de los Tribunales de la Nación, del Distrito y Territorios, que por vez primera dio a la Ciudad de México una administración de justicia propia, al crear un Tribunal Superior que contaba con tres salas. La citada Ley, además de suprimir la competencia que ejercían los tribunales eclesiásticos en el país, se vino a sumar a otras medidas tomadas por el gobierno contrarias a la iglesia lo que dio lugar a un levantamiento civil. No obstante el Constituyente de 1856 ratificó estas medidas y la Ciudad de México siguió contando con un Tribunal Superior.

Vino otro periodo de inestabilidad política en el que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México fue suprimido y vuelto a instituir, hasta la toma de la capital por parte de Maximiliano de Habsburgo, quien primero determinó que el Tribunal Superior del Imperio conociera, en segunda y tercera instancias, los negocios de la Ciudad de México, y después mandó crear el Tribunal Supremo de la Ciudad de México.

Una vez que Juárez derrocó al régimen imperial, se implantó el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que por primera vez tuvo su sede en la calle de Cordobanes (hoy Donceles) y, en noviembre de 1868 se expidió el primer Reglamento del Tribunal superior de Justiciade la Ciudad de México. Durante el transcurso del siglo XIX, se dio el proceso de codificación en materia civil y penal, y se promulgaron otras disposiciones reguladoras de la administración de justicia en la Ciudad de México. Así, la historia de la administración de justicia de la Ciudad de México fue de la mano con la del federalismo en México.

De 1910 a 1917, con motivo de la Revolución, hubo nuevos tiempos de inestabilidad, y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México se vio clausurado y reinstaurado. En 1917 la impartición de justicia en la Ciudad de México tuvo rango constitucional, toda vez que la Constitución Política del 5 de febrero de ese año estableció, en su artículo 73, como facultad del Congreso de la Unión, nombrar a magistrado y jueces de primera instancia del Distrito y territorios. En los subsiguiente, se mantuvo sin grandes cambios la organización del Tribunal Superior de Justicia, salvo en lo que respecta a la inamovilidad de los jueces y magistrados que fue suprimida y reestablecida, según la entrada en funciones de algunos presidentes de la República, con la intención de hacer cambios en la conformación del personal del Tribunal, hasta la reforma de 1996 al artículo 122 de la Carta Magna, precepto que, en su inciso c), Base Cuarta, regula la organización de la administración de justicia en la Ciudad de México y establece la permanencia en el cargo de los jueces y magistrados, una vez que han sido ratificados.

Segunda mitad del siglo XX, época contemporánea y referencia a las principales dependencias de Tribunal

Siendo Presidente del Tribunal el Lic. Julio Sánchez Vargas, el 15 de octubre de 1964 fue inaugurado el Palacio de Justicia, en avenida Niños Héroes, que hoy funciona como recinto de gran importancia para la impartición de justicia en esta Ciudad, y alberga numerosos juzgados civiles de primera instancia, y el salón de Pleno de Magistrados.

En la década de los setenta, los juzgados penales sustituyeron a las cortes penales y se crearon los juzgados de los familiar y mixtos de paz. En los ochenta, se estableció el Centro de Estudios Judiciales (ahora Instituto de Estudios Judiciales), que tiene a su cargo la carrera judicial y la impartición de programas y cursos de especialización y capacitación, para lo cual se han celebrado convenios con instituciones de educación de reconocido prestigio, como la universidad nacional autónoma de México, El Instituto Nacional de Administración Pública y la Universidad de Barcelona. En 1987, con motivo de una reforma constitucional, se instauró un nuevo procedimiento para el nombramiento de los magistrados, mediante el cual se facultó a la Asamblea de Representantes de la Ciudad de México para aprobar dicho nombramiento.

A principios de los noventa, se inauguró el edificio que alberga los juzgados penales en los reclusorios sur y oriente, se pusieron en marcha los centros de desarrollo infantil e iniciaron funciones los juzgados de inmatriculación judicial.

El 31 de enero de 1995 se instaló el Consejo de la Judicatura, siguiendo el modelo adoptado por las reformas constitucionales de 1994 relativas al Consejo de la Judicatura Federal, que sentaron las bases para su regulación y que han orientado a otras entidades federativas. Ahora bien, tratándose de la Ciudad de México, son las mismas reglas las que, en esencia norman su funcionamiento, ya que así lo dispone la fracción III de la base Cuarta, Apartado C, del artículo 122 de la Constitución Federal, que establece que las atribuciones y funcionamiento del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México se determinarán tomando en cuenta los señalado en el artículo 100 de la propia Ley Suprema.

El Consejo de la Judicatura se compone de siete consejeros, siendo su presidente el del propio Tribunal, Así este órgano se integra, además del Presidente, por un magistrado, dos jueces, que deberán haber sido ratificados en el ejercicio del cargo y a quienes se elige por mayoría de votos de las dos terceras partes del pleno de magistrados, dos consejeros designados por la Asamblea Legislativa y otro por el jefe de gobierno, ambos de la Ciudad de México. En todos estos casos, dichos funcionarios deben contar con los mismos requisitos que la ley establece para ser magistrados. Para que exista quorum se requiere la presencia del cinco de los Consejeros; deberán crearse por lo menos, dos comisiones; la de disciplina judicial y la de administración y presupuesto.

A principios de 1996 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México vigente. También, en dicho año, se crearon 32 juzgados de paz.

En septiembre de 2000 se establece el Centro de Convivencia Familiar Supervisada, se trata de una dependencia del Tribunal que presta un servicio invaluable para a la comunidad, y es muy importante para salvaguardar los derechos que tiene los niños de convivir con ambos progenitores, en casos en que la situación generada luego de una separación o divorcio resulta conflictiva y hace recomendable la instauración de visitas supervisadas en lugares e instalaciones adecuadas, y con apoyo y asesoría de personal con conocimientos y experiencia en el trato con menores.

En 2003 se derogó el artículo 54 y otras disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que regulan a los juzgados de lo concursal. Mediante Reforma a la misma Ley, se estableció que los asuntos relativos a inmatriculación judicial pasarían a ser competencia de los jueces de lo civil.

El Centro de Justicia Alternativa , institución pionera a nivel nacional, se fundó ante la gran cantidad de asuntos que se ventilan en la vía contenciosa, de los cuales un número significativo puede ser resuelto sin necesidad de iniciar un proceso judicial, cuando se brinda a las partes herramientas idóneas para la mediación. Con motivo del impulso que se ha dado a esta importante función, el 12 de octubre del 2010, se inauguró el edificio de la Avenida Niños Héroes, número 133, donde se encuentran los mediadores especializados por materia y los espacios adecuados para atender a las personas que solicitan este servicio, con la finalidad de resolver sus controversias, en lugar de acudir a la jurisdicción.

En plaza Juárez, el 21 de marzo de 2005, se inauguró una nueva sede de la administración de justicia capitalina, producto de un proyecto de gran envergadura y utilidad para la función judicial y los habitantes de la Ciudad de México. EL recinto alberga a los juzgados y salas familiares, al Consejo de la Judicatura y a un centro de desarrollo infantil. En el edificio que ocupa el Instituto de Ciencias Forenses, se iniciaron oficialmente actividades el 25 de noviembre de 2009, cuenta las instalaciones necesarias para la realización de necropsias, peritales y demás funciones encomendadas a dicha entidad.

En octubre de 2008, iniciaron funciones dos salas y quince juzgados en materia de justicia para adolescentes, atendiendo a la entrada en vigor de la Ley de Justicia para adolescentes de la Ciudad de México y a la reforma constitucional de diciembre de 2005.

En 2014 se incorporó un nuevo edificio en la avenida Niños Héroes, como parte del proyecto para dar vida a la verdadera ciudad judicial de la Colonia Doctores, a fin de dar cabida a las salas penales y a otros órganos jurisdiccionales; asimismo se habilitó un inmueble en la calle Fray Servando Teresa de Mier, en el que tienen asiento diversos juzgados, como los civiles de primera instancia y los civiles de procesos orales. También se sumó, en el 2014, un nuevo edificio en la calle Isabel la Católica, en el que se encuentran los juzgados penales de delitos no graves, y diversas áreas administrativas.

Entre otras sedes que ocupa la administración de justicia en la Ciudad, se encuentra el inmueble ubicado en la calle Río de la Plata número 48, en el cual se localizan las salas civiles, las de justicia para adolescentes y el Instituto de Estudios Judiciales; el situado en la calle Río Lerma, donde radican las oficinas de Contraloría, la Dirección de Estadística y otras oficinas administrativas; así como el de la calle Nezahualcoyotl, donde están 9 de los 15 juzgados de justicia para adolescentes, los otros se encuentran en el reclusorio sur de la Ciudad. En el edificio de Claudio Bernard, número 60, se encuentran algunos de los juzgados en materia civil y la Dirección General de Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial, con sus direcciones encargadas de la obra editorial de esta casa de justicia y de la integración e impresión del Boletín Judicial, respectivamente.[1]

Arquitectura[editar | editar código]

Proceso de construcción[editar | editar código]

Colecciones[editar | editar código]

Departamentos[editar | editar código]

Obras destacadas[editar | editar código]

Pinturas[editar | editar código]

Esculturas[editar | editar código]

Dibujos, estampas y fotografías[editar | editar código]

Exposiciones temporales[editar | editar código]

Reconocimientos[editar | editar código]

Obras emblemáticas[editar | editar código]

Información Estadística y Curiosidades[editar | editar código]

Mitos, Leyendas y Relatos[editar | editar código]

Personajes Célebres[editar | editar código]

[2]

Personajes Inolvidables[editar | editar código]

Visitantes ilustres[editar | editar código]

Tradiciones y Costumbres[editar | editar código]

Fuentes[editar | editar código]

Bibliografía[editar | editar código]

Referencias[editar | editar código]

  1. Poder Judicial de la Ciudad de México. 2019. https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/consejo/. 25 de mayo de 2020.
  2. Poder Judicial de la Ciudad de México. 2019. https://www.poderjudicialcdmx.gob.mx/consejo/. 25 de mayo de 2020.