Sierra de Santa Catarina, Zona de Conservación Ecológica
Datos
El crecimiento demográfico de la Ciudad de México ha incidido de manera directa en la transformación del ambiente, provocando en muchos casos un uso inadecuado del suelo, provocando deterioro y pérdida de los recursos naturales, por lo que es propósito del Gobierno de la Ciudad de México establecer prioritariamente las medidas preventivas, el aprovechamiento integral y racional de dichos recursos y realizar acciones orientadas a su conservación.
Historia[editar | editar código]
- El 3 y 28 de noviembre de 1994: Se estableció como Zona Prioritaria de Preservación Ecológica y declaró Área Natural Protegida, con el carácter de Zona Sujeta a Conservación Ecológica, una superficie de 576-33-02.82 hectáreas (quinientas setenta y seis hectáreas, treinta y tres áreas, dos punto ochenta y dos centiáreas) ubicada en las Alcaldía Tláhuac y Alcaldía Iztapalapa, ya que se expropió a favor del entonces Departamento del Distrito Federal (hoy Ciudad de México).
- El 26 de enero de 1996, se expropió una superficie de 110-85-44.52 hectáreas (ciento diez hectáreas, ochenta y cinco áreas, cuarenta y cuatro punto cincuenta y dos centiáreas), al Ejido Santa Catarina Yecahuizotl, Alcaldía para destinarla a zona prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico, como área natural protegida, bajo la categoría de zona sujeta a conservación ecológica;
- El 12 de octubre de 1995, se expropió una superficie de 85-93-35.50 hectáreas (ochenta y cinco hectáreas, noventa y tres áreas, treinta y cinco punto cincuenta centiáreas), a la Comunidad de Los Reyes La Paz, Municipio La Paz, Estado de México, superficie localizada física y geográficamente en la Alcaldía Iztapalapa, para destinarla a zona prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico, como área natural protegida, bajo la categoría de zona sujeta a conservación ecológica.
- El 27 de enero al 21 de marzo del año 2000 se realizó una Consulta Pública en relación con el Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (hoy Ciudad de México). Los resultados mostraron la preocupación de los habitantes respecto de los problemas ambientales y ecológicos.
- El 7 de julio de 2000 se publicó el Programa Parcial de Desarrollo Urbano “Sierra de Santa Catarina” del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Alcaldía Iztapalapa, que daba una propuesta preliminar de zonificación para ordenar en lo posible, las actividades a realizar en la zona y cumplir los objetivos, mientras entraba en vigor el programa de manejo respectivo; los usos y destinos del uso de suelo asignados a esta área son los de preservación ecológica.
- El 1 de agosto de 2000 Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) tratando espacios de fomento a la educación ambiental, mayores restricciones a los cambios de usos del suelo y combate a los incendios.
- Se modificó el polígono del Área Natural Protegida, con el carácter de Zona Sujeta a Conservación Ecológica, la región denominada “Sierra de Santa Catarina”, ubicada en las Alcaldía Tláhuac y Alcaldía Iztapalapa, Ciudad de México quedando comprendida actualmente en una superficie total de 528-00-00 hectáreas (quinientas veintiocho hectáreas, cero áreas, cero centiáreas).
- En 21 de agosto de 2003, se declara y establece como área natural protegida, con carácter de zona de conservación ecológica, la zona de “sierra de santa Catarina”. Con una superficie total de 220-55-00 hectáreas (doscientas veinte hectáreas, cincuenta y cinco áreas, cero centiáreas).
- En 2005, se establece el Sistema Local de Áreas Naturales Protegidas como un instrumento estratégico de planeación para la conservación de los recursos naturales.
- La superficie total actual del Área es de 748.55 hectáreas.
Localización[editar | editar código]
La zona denominada Sierra de Santa Catarina, se encuentra ubicada al sureste de la Ciudad de México, en la Alcaldía Tláhuac y Alcaldía Iztapalapa, limitada al sur por Colonia Pueblo San Francisco Tlaltenco y Colonia Pueblo Santiago Zapotitlán, al norte por la Colonia San Miguel Teotongo Sección Acorrolado, al poniente con las colonias el Triángulo y Polvorilla, y al oriente con el pueblo de Santa Catarina Yecahuitzotl.
En la Sierra de Santa Catarina se encuentra una superficie de 306-18-56.02 hectáreas (trescientas seis hectáreas, dieciocho áreas, cincuenta y seis punto cero dos centiáreas), expropiadas a favor del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) para destinarlas a zona prioritaria de preservación y conservación del equilibrio ecológico, como área natural protegida, bajo la categoría de zona de conservación ecológica.
De sus 2,166 hectáreas, posee 34% de lo que jurídicamente está catalogado como Área Natural Protegida, y es actualmente uno de los principales pulmones del Oriente capitalino, sin contar el enorme papel que desempeña en una ciudad con fuertes necesidades de abastecimiento de agua, calidad de aire, espacio y recreación, entre otras.[1]
Importancia ambiental[editar | editar código]
La Sierra de Santa Catarina constituye una barrera física que mitiga los efectos provocados por las tolvaneras, como en los meses de septiembre a noviembre, desvía y mitiga las tolvaneras procedentes del norte y oriente de la Ciudad de México, que generalmente acarrean partículas sólidas suspendidas de diverso origen que pueden ocasionar problemas para la salud de la población.
Es uno de los últimos refugios de especies representativas de la fauna silvestre en el oriente de la Ciudad de México, “en ella se encuentran los cuatro grupos de vertebrados terrestres presentes en la Cuenca del Valle de México, con un registro de 62 especies, de las cuales 16 se encuentran bajo algún estado de protección de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001; también ofrece espacios importantes para el desarrollo de actividades como educación ambiental, recreación e investigación científica. Otra tarea que se considera importante es que a estas colinas les corresponde impedir el paso directo a la población de aquellas partículas suspendidas provenientes del Volcán Popocatépetl.
Continuando con la basta riqueza de esta zona, cabe destacar que existen fragmentos de ecosistemas naturales, entre los que se encuentran pastizales y matorrales nativos, diferentes tipos de vegetación las que en total suman 190 especies y por lo menos 4 especies de cactáceas y dos especies sujetas a protección especial; así como también zonas en donde se localizan reforestaciones con especies inducidas las que tienen la finalidad de capturar el bióxido de carbono y producción de oxígeno, así como en los meses de septiembre a noviembre, desvía y mitiga las tolvaneras procedentes del norte y oriente de la Ciudad de México.
Su ordenamiento jurídico
Dentro de la basta lista de actividades en las que el Derecho mexicano tiene importante influencia encontramos la que encarga al orden normativo nacional ofrecer un marco legal que defina, proteja y prevenga a esta región de gran importancia para la conservación del medio ambiente, de posibles sucesos que la afectarían, también brinda la regulación para su explotación, en búsqueda del bien común de la sociedad y del medio en el que se desarrolla.
La regulación específica de esta región puede partir de los asentamientos humanos a las faldas de sus cerros y volcanes, ya que el crecimiento demográfico ha trasgredido de manera directa en el ambiente, provocando en muchos casos, un uso inadecuado del suelo, deterioro y pérdida de los recursos. Estos se establecieron de manera definitiva en los años setenta y ochenta, mismos que quizá se originaron gracias a que los terrenos de esa región eran la oferta más barata de suelo para vivienda, aunado a que vías de acceso, por ejemplo la Calzada Ermita Iztapalapa, la Calzada Ignacio Zaragoza y la Avenida Tláhuac, jugaron un papel importante en el gran paso que dio la región, dejando de ser una área agrícola, dando lugar a la urbanización consolidada que vemos hoy en día, misma que con el paso del tiempo se ha ido adaptando en favor de sus habitantes, dejando quizá vulnerables las áreas naturales de la zona.
Al ser una zona de conservación ecológica, se prohíbe:
- El establecimiento de cualquier asentamiento humano irregular o su expansión territorial, excepto las utilizadas para la administración de la zona.
- La ejecución de actividades que afecten los ecosistemas o recursos naturales del área de acuerdo con las Leyes de la materia.
- Emisiones de contaminantes, el depósito o disposición de residuos.
- La extracción de suelo o subsuelo con fines distintos a los científicos.
- La explotación ilícita de especies de flora y fauna silvestres.
- Explotación de yacimientos pétreos
- Quemas de terrenos
- Venta de predios
- Otras que pongan en riesgo la integridad de la zona y que no contribuyan al objeto del Área Natural Protegida “Sierra de Santa Catarina”
Población y su problemática en el asentamiento de esta zona
Existen algunos asentamientos humanos irregulares que se han establecido y consolidado dentro y fuera de la superficie que comprende el Área Natural Protegida referida. De acuerdo con el INEGI, la población aledaña posee algunos rasgos relevantes, los cuales enumerare de la siguiente manera:
La población total “se compone de 211,828 habitantes, de los cuales el 51% son mujeres (107,915) y 49% (103,913) son hombres. Con relación a la edad, el 58% son mayores de 18 años; el rango de edad más común se encuentra entre 20 y 24 años. El 60% (128,098) de la población es alfabeta. La zona tiene uno de los niveles más bajos de escolaridad de la Ciudad de México cuenta con 48,038 viviendas particulares, la mayoría de las cuales dispone de servicios públicos como drenaje, energía eléctrica y agua entubada en la vivienda. El nivel de ingresos es de los más bajos en la Ciudad de México (1 a 2 salarios mínimos) y la tasa de desempleo alcanza el 0.60%.Por otro lado existen áreas en las que aún no se cuentan con servicios básicos.[2]
Referencia[editar | editar código]
- ↑ "Decreto por el que se declara y estable como área natural protegida Sierra de Santa Catarina, zona de conservación ecológica". en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México del 21 de Agosto de 2003. Pág. 51-53
- ↑ Consultado en: https://gradoceroprensa.wordpress.com/2016/05/20/sierra-de-santa-catarina-una-de-las-15-areas-naturales-protegidas-de-la-ciudad-de-mexico/ , el día 4 de mayo de 2020.